Debido a la gran responsabilidad que conlleva
este tipo de negocio, desde GMI&P hemos colocado el Código
de Conducta que deberá regir las actuaciones de GMI&P
y de nuestros Agentes Acreditados (En Adelante LA ORGANIZACIÓN)
en su actuación representativa de nuestra sociedad, dando al
cliente la seguridad en cuanto a la profesionalidad, honestidad y
buen hacer GMI&P y de nuestros Agentes Acreditados.
OBLIGACIÓN DE GMI&P
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BIEN COMÚN
Todas las decisiones y acciones de LA ORGANIZACIÓN deben
estar dirigidas a la satisfacción de las necesidades e intereses
de los cliente, por encima de intereses particulares ajenos al bienestar
de la colectividad. LA ORGANIZACIÓN no debe permitir que
influyan en sus juicios y conducta, intereses que puedan perjudicar
o beneficiar a personas o grupos en detrimento del bienestar de
los clientes.
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INTEGRIDAD
LA ORGANIZACIÓN debe actuar con honestidad, atendiendo siempre
a la verdad.
Conduciéndose de esta manera, fomentará la credibilidad
de los clientes y contribuirá a generar una cultura de confianza
y de apego a la verdad.
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HONRADEZ
LA ORGANIZACIÓN no deberá utilizar su posición
privilegiada para obtener algún provecho o ventaja personal
o a favor de terceros.
Tampoco deberá buscar o aceptar compensaciones o prestaciones
de cualquier persona u organización que puedan comprometer
su desempeño como sociedad que intermediación financiera.
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IMPARCIALIDAD
LA ORGANIZACIÓN actuará sin conceder preferencias
o privilegios indebidos a organización o persona alguna que
puedan perjudicar a sus clientes.
Su compromiso es tomar decisiones y ejercer sus funciones de manera
objetiva, sin prejuicios personales y sin permitir la influencia
indebida de otras personas.
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JUSTICIA
LA ORGANIZACIÓN debe conducirse invariablemente con apego
a las normas jurídicas inherentes a la función que
desempeña. Respetar el estado de derecho es una responsabilidad
que, más que nadie, debe asumir y cumplir.
Para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir
las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus
funciones.
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IGUALDAD
LA ORGANIZACIÓN debe prestar los servicios que se le han
encomendado a todos los clientes que reúnan las condiciones
para recibirlos, sin importar su sexo, edad, raza, credo, religión
o preferencia política. No debe permitir que influyan en
su actuación, circunstancias ajenas que propicien el incumplimiento
de la responsabilidad que tiene para brindar a quien le corresponde
los servicios a su cargo.
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RESPETO
LA ORGANIZACIÓN debe dar a las personas un trato digno, cortés,
cordial y tolerante. Está obligada a reconocer y considerar
en todo momento los derechos, libertades y cualidades inherentes
a la condición humana.
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LIDERAZGO
LA ORGANIZACIÓN debe convertirse en un decidido promotor
de valores y principios, partiendo de su ejemplo personal al aplicar
cabalmente en el desempeño de su cargo en la actividad.
El liderazgo también debe asumirlo dentro de la institución
pública en que se desempeñe, fomentando aquellas conductas
que promuevan una cultura ética y de calidad en el servicio
público y privado. LA ORGANIZACIÓN tiene una responsabilidad
especial, ya que a través de su actitud, actuación
y desempeño se construye la confianza de los ciudadanos en
sus instituciones.
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EVITAR CONFLICTOS DE INTERESES
Se entiende como conflicto de intereses a cualquier situación
en que la lealtad de algún miembro del personal queda dividida
entre los legítimos intereses de LA ORGANIZACIÓN y
sus propios intereses, ya sean personales o relativos a sus familiares
y amigos, de modo que su actuación puede dejar de ser objetiva
e imparcial en detrimento del prestigio o patrimonio de la Institución.
Con el fin evitar en todo momento la ocurrencia de conflictos de
interés, LA ORGANIZACIÓN deberá:
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En la celebración de negocios o prestación
de servicios financieros, los términos y condiciones pactados
deben apegarse a principios de equidad, seguridad, honestidad
y apertura.
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Los prestadores de servicios financieros
de obrar simultáneamente de manera honesta, franca, fiel
y objetiva, con relación a los demandantes de sus servicios.
LA ORGANIZACIÓN deberá revelar la naturaleza y extensión
de cualquier conflicto o incluso indicio de conflicto entre sus
propios intereses (personales, sociales, financieros o políticos)
y los de la organización o clientes, en función
a sus responsabilidades, nexos o relaciones.
Asimismo, deberán abstenerse de participar en decisiones
de negocios que tengan que ver con los clientes, proveedores o
competidores con los que ellos o los miembros de su familia inmediata
estén relacionados sin autorización por escrito
de GMI&P (consanguíneos: padres, hermanos, esposos
e hijos; políticos: suegros, cuñados, yernos y nueras).
Finalmente, LA ORGANIZACIÓN no deberá aceptar regalos,
dádivas y atenciones de clientes, proveedores o competidores
con quienes se traten asuntos, si éstos comprometen o pueden
comprometer su actuación.
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RELACIONES CON CLIENTES Y LA ORGANIZACIÓN
El principio fundamental que deberá observar LA ORGANIZACIÓN
en sus relaciones con terceros será el de honestidad, asegurando
de esta manera la confianza en ellos depositada, siendo necesario
su compromiso individual de luchar contra la corrupción en
todas sus formas.
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Manejo de información privilegiada
El principio que deberá observarse en el manejo de información
privilegiada no pública de GMI&P, será
el de reserva, entendiéndose como tal el deber de abstenerse
de revelarla, considerándola como confidencial y la cual
deberá ser manejada con todas las precauciones y cuidados
para evitar el que se pueda utilizar inadecuadamente, con excepción
de que se realice como parte de las responsabilidades laborales.
Con el fin de mantener un adecuado manejo de la información
privilegiada el personal deberá abstenerse de utilizar
información privilegiada para sí o para un tercero,
observando la exigencia de dar apropiado cumplimiento a todas
las disposiciones legales, en especial a los deberes de información
en ellas contenidos, subrayándose la importancia de comunicar
al cliente cualquier circunstancia sobreviniente que pudiera
modificar su voluntad contractual.
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Confidencialidad y manejo de información
interna
LA ORGANIZACIÓN manejará la información
proporcionada por los clientes, así como la que resulte
de la prestación de servicios, con la más estricta
confidencialidad, haciendo toda clase de esfuerzos para evitar
revelaciones, intencionadas o no, sin el consentimiento expreso
y por escrito de los clientes. Como mínimo todos deberán:
*Asegurarse que los documentos relacionados con los negocios
y/o clientes estén guardados de un modo seguro.
*La información relativa a los clientes de GMI&P
solamente podrá ser revelada a terceros como consecuencia
de un estatuto o de una regulación, de un proceso legal
apropiado o en cumplimiento de solicitudes por conducto de Autoridad
Fiscal o Policial, o bien, con autorización expresa del
cliente.
De igual manera, la información propiedad de GMI&P,
tenga el carácter de confidencial o no, deberá
ser guardada con la debida reserva y confidencialidad por todo
su personal, observando en todo momento lo que al respecto señala
la Ley de Protección de datos española.
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Conductas en relación con la
oferta y prestación de servicios
Es obligación de LA ORGANIZACIÓN para con sus clientes,
ofrecer y prestar los servicios con profesionalismo, eficiencia
y diligencia, teniendo como objetivo la protección de los
intereses de los clientes, los cuales deberán prevalecer
siempre sobre los intereses propios.
LA ORGANIZACIÓN en las relaciones con clientes, deberá
observar en especial las siguientes obligaciones:
*- Guardar reserva, respecto de terceros, sobre las actividades
que se realicen en relación con sus servicios, salvo que
exista autorización expresa del interesado o en los casos
determinados por las leyes.
*- Realizar sus negocios de manera tal que no induzca a error a
las partes contratantes.
*- Revelar al cliente la información sobre la cual no tenga
deber de reserva y esté obligado a divulgar con el fin de
lograr un buen éxito de la negociación e informar
al cliente acerca de cualquier circunstancia sobreviniente que pueda
modificar la voluntad contractual del mismo.
*- Informar a su cliente sobre cualquier situación generadora
de conflicto de interés, absteniéndose de actuar cuando
a ello hubiere lugar y obteniendo las respectivas autorizaciones
de conformidad con las políticas aplicables.
LA ORGANIZACIÓN, en el desarrollo de negocios y prestación
de servicios deberá conducirse con lealtad, claridad, transparencia,
precisión, probidad comercial, seriedad y cumplimiento tanto
para con los clientes, como para con los demás participantes,
observando que:
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Toda persona que comprometa a LA ORGANIZACIÓN
en un negocio determinado deberá tener las facultades
necesarias para hacerlo.
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Todo el personal deberá estar adecuadamente
capacitado en las prácticas de negocios y servicios financieros,
de confrmidad a sus ámbitos de competencia y ser conscientes
de sus responsabilidades, y de las de GMI&P.
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En la propuesta, discusión y cierre
de cualquier negocio o prestación de servicio, deben
tomarse las precauciones necesarias, con miras a lograr del
cliente un correcto entendimiento sobre la naturaleza, alcance
y condiciones del negocio o servicio, en especial las siguientes:
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El conocimiento del cliente, en particular
sus expectativas y necesidades a ser atendidas por LA
ORGANIZACIÓN.
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El claro entendimiento del producto
o clase de negocio que se propone.
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El conocimiento de todos los elementos
necesarios para el cierre de la operación, en particular
los relacionados con sus derechos y obligaciones
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Los riesgos inherentes en la operación.
LA ORGANIZACIÓN deberá abstenerse de realizar
o participar en prácticas tendientes a crear condiciones
artificiales de demanda, oferta o precio en los servicios
y mercados financieros, o en general prácticas concertadas
que, directa o indirectamente, tengan por objeto impedir,
restringir o falsear el juego de la libre competencia.
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TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN
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Uso transparente y responsable de
la información
LA ORGANIZACIÓN debe adoptar y promover el libre acceso
a la información pública, que fomente la confianza
de LA ORGANIZACIÓN y en sus productos y servicios.
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Combate a la corrupción
LA ORGANIZACIÓN adoptará medidas de control adecuadas
y suficientes para evitar que sea utilizada, sin su consentimiento
o conocimiento, como instrumento para el ocultamiento, manejo,
inversión o aprovechamiento en cualquier forma, de dinero
u otros bienes provenientes de actividades delictivas, o para
dar apariencia de legalidad a actividades delictivas, transacciones
y fondos vinculados con las mismas.
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Prevención y detección
de operaciones con uso de recursos de procedencia ilícita
LA ORGANIZACIÓN deberá observar un estricto apego
a las políticas y procedimientos establecidos para evitar
que se lleven a cabo operaciones con recursos de procedencia
ilícita, particularmente deberán realizar su mejor
esfuerzo para tener un pleno conocimiento de los clientes y
poder identificar aquellas operaciones que no respondan al comportamiento
usual de los mismos, ya sea por frecuencia, tipos de operaciones
o montos involucrados y que éstas tengan una explicación
plausible.
Finalmente, las disposiciones en la materia determinan que aquellas
personas que colaboren, aún por omisión, en la
comisión de delitos tipificados como "lavado de
dinero", relativas a las operaciones con recursos de procedencia
ilícita, serán acreedoras en lo personal a sanciones
que pueden ser hasta de la privación de la libertad,
el principio fundamental que deberá observarse será
el de honestidad, asumiendo el compromiso individual de luchar
contra la corrupción en todas sus formas.
En el caso de que algunos de estos apartados de obligado cumplimiento
por la LA ORGANIZACIÓN no se cumpliera, el cliente deberá
denunciar este hecho debidamente documentado a GMI&P.
GMI&P
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