PROCEDIMIENTO PARA GESTIÓN
DE GARANTÍAS BANCARIAS (SBLC)
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Procedimiento a utilizar para la recepción de una SBLC/BG. No es negociable ni modificable. Características del cliente:
Características de la SBLC/BG.
Costes.
El cliente deberá disponer de:
Proyecto real que requiera la financiación.
Relación
de acrónimos utilizados. Operativa para la entrega de SBL/C. Antes de seguir adelante con la lectura del procedimiento, es necesario que sepa que para poder solicitar la gestión para tramitar una SBLC, deberá disponer en la cuanta bancaria donde vaya a recibir la SBLC del importe necesario -según procedimiento seleccionado- para el pago de la SBLC una vez haya llegado a su cuenta bancaria y haya sido revisada. No hay variantes sobre esta condición. Además de lo indicado, el cliente deberá, al igual que contrata con nuestra sociedad la gestión de liberación de una SBLC/BG, también deberá contratar con su entidad bancaria el compromiso de dicha entidad bancaria en la recepción del instrumentos. Este contrato consistirá en un documento emitido de manera fehaciente en soporte corporativo y con total responsabilidad bancaria, emitido por la entidad bancaria que recepcionará el instrumento en las condiciones que se especifican: CASO 1. Para colateral línea de crédito. Art. 12 DESIGNACIÓN de ICC 600
Puesto que según el Art. 12 de la ICC600 indica que un banco no tiene obligación de recibir ningún instrumento ni transferencia bancaria, es imprescindible que el cliente haya negociado con el banco esta condición y el banco haya aceptado mediante un comunicado como el que sigue en la forma que el Art 9.e y 9.f de la ICC600 establece. Art- 38. CRÉDITOS TRANSFERIBLES.
Debido a este artículo, antes de solicitar un instrumento que deberá ser transferido a un tercero, es imprescindible que el cliente haya acordado y el banco aceptado esta condición, por lo cual, es imprescindible un comunicado del banco receptor, caso contrario, de recibir un instrumento y no admitirlo Art. 16.c de la ICC600, el banco receptor debe comunicarlo al banco emisor en las condiciones que establece el Art. 16.d de la ICC600. "(Logo corporativo) Muy señores nuestros, __________ a ___ de ___________ de 202_ Banco
________________ con domicilio en ________________ está
en disposición de aceptar, SWIFT MT799 seguido de SWIFT
MT760 (SBLC/BG), como contragarantía para línea
de crédito, permitiendo su condición para ser
transferida, dividida y asignadapagadera a primer requerimiento,
emitida por _______ oficina principal __________________ con
domicilio en _______________ , la que vendrá a nombre
de ___________________ provista de C. I. F. Nº _______________________
y con domicilio en ______________mediante los instrumentos
establecidos por la I. C. C., como los aprobados por el Código
de Comercio Internacional, y una vez superados los controles
de Certificación y toma de razón de dicha Garantía
y superados todos los test de prevención de blanqueo
de capitales y de movimientos de capitales, Fdo.
______________ Sellado. CASO 2. En el caso de no ir destinado a colateral para línea de crédito: Art- 38. CRÉDITOS TRANSFERIBLES.
"(Logo del banco) Muy señores nuestros, Banco ________________ con domicilio en ________________ está en disposición de aceptar, SWIFT MT799 seguido de SWIFT MT760 (SBLC/BG), permitiendo su condición para ser transferida, dividida y asignada, emitida por _______ oficina principal __________________ con domicilio en _______________ , la que vendrá a nombre de ___________________ provista de C. I. F. Nº _______________________ y con domicilio en ______________mediante los instrumentos establecidos por la I. C. C., como los aprobados por el Código de Comercio Internacional, y una vez superados los controles de Certificación y toma de razón de dicha Garantía y superados todos los test de prevención de blanqueo de capitales y de movimientos de capitales,
CASO 3. En el caso de la recepción de crédito en cash: Emisión de pago por SWIFT MT103 bajo normativas ISO20022. "(Logo del banco) Muy señores nuestros, Nosotros el Banco ________________ con domicilio en ________________ está en disposición de aceptar, la transferencia bancaria por MT103 de importe ____________ euros (________ €), correspondiente a un crédito en beneficio de ___________________ provista de C. I. F. Nº _________________ y con domicilio en _________________ una vez superados los controles de Certificación y toma de razón de dicho crédito y superados todos los test de prevención de blanqueo de capitales y de movimientos de capitales.
Atención: En
el caso de que el cliente destine este instrumento como colateral
de una linea de crédito, esta condición deberá
ser reflejada en el contrato entre el banco y el cliente. PROCESO COMÚN DE GMI&P
Opción 1.- Procedimiento SIN ADELANTO DE CAPITAL importes > 100 millones € ing Opción
2.- Procedimiento SIN ADELANTO DE CAPITAL importes >100
millones € esp Opción
3.- Procedimiento para importes inferiores a 100 millones de
euros se deberá consultar con el aplicantre las condiciones. La cancelación del contrato de servicios una vez firmado conllevará la reclamación de las penalizaciones especificadas en el mismo. Los
procedimientos pueden cambiar sin aviso previo. |
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