Es muy
importante antes de iniciar alguna solicitud de servicios con
nuestra sociedad.
Todos nuestros servicios tienen un coste, el servicio de emisión
de SBLC, el de avales bancarios, el servicio de gestión,
etc.
Todas nuestras informaciones o pre-estudios conllevan de forma
clara el coste que éstos tienen, iniciar una operación
y después desestimarla con la escusa de no saber que tenía
unos costes, significa que ESTE CLIENTE
NUNCA MÁS PODRÁ HACER UNA OPERACIÓN CON NUESTRA
SOCIEDAD.
Si la información de los costes no fuera conocida antes
de iniciar la operación podríamos entenderlo, pero
como en todos los pre-estudios esta información figura
de forma clara, decir que no lo sabían no es más
que una manera de querer faltar al respeto a los profesionales
que han destinado su tiempo ha dar el mejor servicio al cliente.
Sobre
la emisión de SBLC.
Para poder financiar una operación por mediación
de una SBLC que se utilice como colateral para la línea
de crédito o para cualquier otro servicio, el cliente deberá
disponer de un valor garante por un importe superior en un 20%
(Veinte por ciento) al importe del facial de la SBLC mayor
en concepto de penalización por no haber devuelto el instrumento
en su fecha de vencimiento.
Este importe será cobrado en el caso de que en el momento
del vencimiento de la SBLC ésta no sea devuelta a su origen
o sea ejecutada. Además, se aplicará un 12%
(Doce por ciento) de interés anual en concepto de
intereses de demora.
Sobre
las operaciones financieras "llaves en mano".
Para poder efectuar una operación de este estilo es necesario
que haya un contrato de compromiso de compra del proyecto una
vez terminado por parte de un fondo de inversión o inversor
particular.
Este contrato de compromiso deberá está notariado
y con penalizaciones por las dos partes, el comprador deberá
aportar un importe en concepto de reserva y compromiso de compra
de un mínimo de un millón quinientos mil euros (1.500.000,00€).
Este contrato a la vez que asegura al promotor que una vez terminado
podrá devolver el crédito, también asegurará
al inversor que el proyecto será suyo una vez terminado,
aunque el promotor tenga ofertas de terceros durante la construcción.
Para GMI&P, este contrato es de vital importancia puesto que
es lo que asegura la recuperación de los avales mediante
la devolución del crédito.
Sobre
las inversiones propias con largo plazo de desarrollo.
En las operaciones de inversión a largo plazo en la que
el promotor sea el propietario y a la vez el que va a gestionar
el proyecto, ocurre lo mismo, en el caso de que precise socios,
estos o estarán ya en la sociedad o deberán efectuar
el mismo procedimiento que en las operaciones "llave en mano",
es imprescindible que tengan un contrato de compromiso de la compra
de acciones una vez terminado el proyecto.
Sobre
el pago por adelantado de los costes de gestión y diligencias
previas.
En el listado de costes de nuestros servicios se especifica claramente
el importe a pagar para cada uno de los servicios que desde nuestra
sociedad se ofrecen.
Las gestiones para poder tramitar los productos solicitados requieren
una inversión de tiempo por parte de nuestra sociedad,
este tiempo está destinado a analizar la documentación
y preparar los informes necesarios para poder dar tramitación
al servicio solicitado, si no se paga por adelantado, únicamente
en los casos en los que el cliente diera el perfil para poder
acceder a los servicios solicitado se cobraría el importe,
en el resto de los casos esto no sucedería.
Las gestiones son necesarias siempre, ningún cliente nos
indica que no pasará los primeros controles y análisis
de documentos, en consecuencia, cada posible operación
sería un coste perdido para nuestra sociedad.
Sobre
la gestión de SBLC.
Aunque GMI&P apruebe el proyecto, la aprobación del
ordenante dependerá siempre y en todos los casos del histórico
del cliente, este histórico lo detectará la DD que
efectuará el departamento de "compliance officer"
Oficina de verificación y cumplimiento del ordenante.
Por lo cual:
AUNQUE
SE HAYA APROBADO EL PROYECTO POR GMI&P Y EFECTUADA TODA LA
TRAMITACIÓN PARA SOLICITUD DE SBLC, AUNQUE ÉSTA
HAYA SIDO TRAMITADA MEDIANTE UN CRÉDITO PUENTE CON LOS
COSTES QUE ESTA GESTIÓN HAYA GENERADO, DEPENDIENDO DEL
HISTÓRICO DEL CLIENTE PUEDE SER DENEGADA.
Por
este motivo, en el Anexo_14_Infor enviado al cliente con
la relación de documentos necesarios para tramiitar la
operación, hay un espacio para que el cliente indique que
problemática ha podido tener que evite o pueda evitar la
concesión de la SBLC solicitada.
Este espacio esta destinado para evitar que se generen unos costes
que al final no sirvan para nada.